Este artículo tiene como objetivo analizar si las normas que conforman el Dere- cho Internacional Privado del Consumidor, en el MERCOSUR, en materia de calificación, jurisdicción internacional y ley aplicable, sufrieron la influencia de la normativa existente en la Unión Europea, sobre todo de los Convenios de Roma de 1980 y Bruselas de 1968, posteriormente transformados en norma comunitaria. Para ello, aborda primeramente el Derecho de la Unión Europea, respecto a los ejes referidos, y luego el Derecho del MERCOSUR, para que, a través de los métodos normativo descriptivo y comparativo, sea posible destacar en qué medida el Derecho producido en el MERCOSUR recoge las soluciones de la normativa europea y respecto a que aspectos el mismo se ha apartado de la misma, ofreciendo, incluso, mayor protección al consumidor que contrata con proyección transfronteriza.