If a general condition is not transparent, it shoud not bind even if neither party is a consumer. This is allowed by the Law of General Condictions of de contract. When the non-transparent general condiction are abusive can only be controlled in contracts with consumers. And that, in many cases, is not justified.
La falta de transparencia de una condición general de la contratación, entendida como falta de conocimiento de las consecuencias económicas del contrato que se está aceptando, debería llevar a que no se considere integrada en el mismo con independencia de que uno de los contratantes sea o no consumidor. Esto lo permite, a mi juicio, el control de incorporación de la Ley de Condiciones Generales de la Contratación. Si, como hace el Tribunal Supremo, la falta de transparencia se anuda a la abusividad y solo pueden ser declaradas nulas por abusivas las cláusulas de los contratos de consumo, se tratará de manera diferenciada a adherentes que pueden encontrarse en la misma situación por el hecho de que actúen o no en el marco de su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión. Y eso, en muchos casos, no está justificado.